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Terminolgía de Comercio Exterior

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ECGD:

Siglas correspondientes a la Institución Británica Export Credit Guarantee Department. Puede traducirse como "crédito oficial británico a la exportación.

EFECTO EQUIVALENTE:

Alude a disposiciones de la CEE tanto para las exacciones análogas a los derechos aduaneros, como a las medidas similares a las restricciones cuantitativas, en cuanto que unas y otras quedan prohibidas por afectar a la libre circulación de las mercancías entre los países miembros.

EFTA:

Abreviatura de European Free Trade Association, Asociación Europea de Libre Comercio.

Equipaje:

Conjunto de efectos de uso o consumo personal y los obsequios que trasladen los pasajeros y tripulantes al arribar o salir del país, que por su naturaleza, cantidades y valores no demuestren finalidad comercial.(Art. 131 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales).

Equipaje acompañado:

Es aquél que el pasajero o tripulante trae consigo al momento de su arribo o que llega con él, en el mismo vehículo que lo ha transportado a país. (Art. 132 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales).

Equipaje no acompañado:

Es aquél que llega con anterioridad o posterioridad a la fecha de llegada del pasajero, cualquiera que sea el medio de transporte utilizado. (Art. 132 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales).

Embalaje:

Es lo que sirve para envolver o proteger las mercancías, pudiendo también cumplir otras funciones como son las de separar o individualizar los efectos, facilitar su movilización o transporte, permitir hacer marcas o señales de identificación con respecto a las mercaderías, evitar la dispersión o desaparición de éstas últimas, etc.

Empresas Operadoras de Mensajería Internacional "Courier" (EOMIC):

Son las personas jurídicas legalmente establecidas o representadas en el país, responsables de la organización y ejecución del servicio de mensajería internacional "courier", las cuales actuarán como principal, no como agentes del expedidor, ni en representación de los porteadores que participen en las operaciones y asumirán la responsabilidad del contrato.   ENTRADA LIBRE: Cuando el fletador de la nave corre con el costo de la carga fr la mercancía en la nave y de su descarga.

ESP:

Equivalente en subvenciones al productor. Un Término de la OCDE referido a una medida global de ayuda a los ingresos de los productores, proveniente de la intervención estatal en la producción y el comercio.

EURODIVISAS:

En general, divisas en el extranjero. divisas que circulan fuera de sus países, en depósitos, activos, etc.

EXPORT - IMPORT BANK:

Es la entidad bancaria del gobierno federal de EEUU que financia a largo plazo y con diversidad de tipo de interés, las exportaciones de bienes de equipo de fabricación estadounidense.

Exportación:

Acto u operación de despacho de mercancías de un país hacia el extranjero, para uso o consumo definitivo.   EXPORTACION ANTICIPADA, SISTEMA DE: Modalidad del régimen de perfeccionamiento activo en materia aduanera, que consiste en la venta al exterior de productos compensadores con la previsión de la posterior importación, libre de derechos, de mercancías equivalentes a las que les sirvieron de inputs a aquéllos.  

Exportación temporal:

Régimen aduanero que permite exportar temporalmente mercancías que se encuentren en libre circulación en el territorio aduanero nacional y reintroducirlas sin pago de los impuestos de importación, cuando no hayan experimentado modificación alguna. (Art. 38 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales).  

Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo:

Régimen mediante el cual se permite exportar mercancías temporalmente a objeto de que sean sometidas en el extranjero a transformación, elaboración, reparación o ensamblaje, para luego ser reintroducidas causando los gravámenes correspondientes, según la ubicación arancelaria de los bienes o productos a ingresar, sobre el valor incorporado en el exterior, más el total de los gastos causados hasta el puerto de llegada. (Art. 56 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales).

EXPORTACIONES DE MERCANCIAS, FUNCION DE:

Función que relaciona la demanda de exportaciones con sus principales determinantes

EXW: "Ex works" (En Fábrica (lugar convenido))

Cualquier medio de transporte. Venta en origen

La única responsabilidad del vendedor es situar las mercancías a disposición del comprador en su establecimiento.

Salvo acuerdo contrario, el vendedor no tiene obligación de carga la mercancía en el vehículo provisto por el comprador. Los gastos y riesgos de transporte corren a cargo del comprador desde este punto al lugar de destino. Este término representa una obligación mínima del vendedor. Más...

 

GLOSARIO

Términos Marítimos | INCOTERMS | Nomenclaturas Arancelarias

Siglas utilizadas en comercio exterior

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