Sección 19 NCM-SIM
Sistema Armonizado, Nomenclatura Común del Mercosur (N.C.M.) y Sistema Informático María (SIM)
SECCIÓN XIX – ARMAS, MUNICIONES Y SUS PARTES Y ACCESORIOS
Notas.
1. Este Capítulo no comprende:
a) los cebos y cápsulas fulminantes, detonadores, cohetes de señales o granífugos y demás artículos del Capítulo 36;
b) las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común (Sección XV) y los artículos similares de
plástico (Capítulo 39);
c) los tanques y demás vehículos automóviles blindados de combate (partida 87.10);
d) las miras telescópicas y demás dispositivos ópticos, salvo los montados en armas o presentados sin montar con las armas a las cuales se destinen
(Capítulo 90);
e) las ballestas, arcos y flechas para tiro, armas embotonadas para esgrima y armas que presenten el carácter de juguete (Capítulo 95);
f) las armas y municiones que presenten el carácter de objetos de colección o antigüedades (partidas 97.05 ó 97.06).
2. En la partida 93.06, el término partes no comprende los aparatos de radio o radar de la partida 85.26
Capítulos arancelarios:
Sub partidas arancelarias
- 9301 armas de guerra, excepto los revólveres, pistolas y armas bl …
- 9302 revólveres y pistolas, excepto los de las partidas 9303 ó 9 …
- 9303 las demás armas de fuego y artefactos similares que utilicen …
- 9304 las demás armas (por ejemplo: armas largas y pistolas de mue …
- 9305 partes y accesorios de los artículos de las partidas 9301 a …
- 9306 bombas, granadas, torpedos, minas, misiles, cartuchos y demá …
- 9307 sables, espadas, bayonetas, lanzas y demás armas blancas, su …