Nomenclatura o Nomenclador común del Mercosur (N.C.M.)
Listado o nómina que presenta en forma estructurada y sistematizada las mercancías que son objeto del comercio internacional, identificándolas por medio de códigos numéricos.
También llamado dependiendo de la región comercial e idioma, Nomenclatura arancelaria, Partida arancelaria, Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías (SA), Sistema informático María (SIM), Código Arancelario o Tarifário, Harmonized System Code (HS), TARIC, NANDINA, SAC: Sistema Arancelario Centroamericano basado en la nomenclatura
Nomenclatura común del Mercosur (N.C.M.)
La Nomenclatura en uso a partir de 1995 en el Mercado Común del Sur (NCM), está basada en la Nomenclatura del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías (SA), por lo cual las secciones y capítulos de codificación coinciden. Permite ubicar todo el espectro de productos a partir de sus secciones y sus capítulos.
La Nomenclatura común del Mercosur (NCM), está compuesta por 8 dígitos más las aperturas del Sistema Informático María (SIM), de 4 dígitos y una letra
La estructura de la Nomenclatura común del Mercosur está conformada por 21 Secciones y 99 Capítulos. Las secciones están ordenadas según el grado de elaboración de los productos, los que están comprendidos de acuerdo a los siguientes criterios:
Su origen según la clásica división de los reinos de la naturaleza, la materia prima utilizada en su fabricación.
La naturaleza del producto, su función, los artículos para los cuales no se encontró un criterio adecuado a causa de su diversidad, se engloban en una partida bolsa denominada “los demás”
Se entiende por posición arancelaria el código numérico integrado por los siguientes pares de dígitos:
Nombre del nivel, nivel de agregación y número de Categorías en el nivel Sección 21 Niveles 00. Capítulo 2 dígitos 97 posiciones 00.00 *Partida 4 dígitos 1,200 (aprox) 00.00.00 *Subpartida Sistema Armonizado 6 dígitos OMC 5,000 (aprox) 00.00.00.00 *Subpartida Regional 8 dígitos MERCOSUR 00.00.00.00.000 E SIM (Sistema Informático Maria) Sistema de Argentina 11 dígitos y una letra (dígito control) 41
*POSICIÓN ARANCELARIA
Unidades en que se divide la Nomenclatura del Sistema Armonizado en donde se clasifican grupos de mercancías y que se identifican por 4 dígitos. *SUBPARTIDA ARANCELARIA Subgrupos en que se dividen las mercancías de una partida , se identifican por 6 dígitos en la Nomenclatura del Sistema Armonizado.
*SUBPARTIDA REGIONAL.
Es la prolongación razonable y lógica de la Nomenclatura Arancelaria del Sistema Armonizado, su código numérico consta de 10 dígitos.
Secciones, Capítulos y posiciones SA (HS), NCM (Nomenclatura común del Mercosur) y SIM
Secciones y capítulos. Detalle de NCM y Sistema Informático María:
- Sección 01 (capítulos 01 al 05) ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL
- 1 Animales vivos.
- 2 Carne y despojos comestibles.
- 3 Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos.
- 4 Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte.
- 5 Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte
- Sección 02 (capítulos 06 al 14) PRODUCTOS DEL REINO VEGETAL
- 6 Plantas vivas y productos de la floricultura.
- 7 Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios.
- 8 Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios, cítricos, melones o sandías.
- 9 Café, té, yerba mate y especia
- 10 Cereales.
- 11 Productos de la molinería; malta; almidón y fécula; inulina; gluten de trigo.
- 12 Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales ; paja y forrajes.
- 13 Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales.
- 14 Materias trenzables y demás productos de origen vegetal no expresados ni comprendidos en otros capítulos.
- Sección 03 (capítulo 15) GRASAS Y ACEITES ANIMALES O VEGETALES Y PRODUCTOS DE SU DESDOBLAMIENTO GRASAS ALIMENTICIAS ELABORADAS CERAS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL
- 15 Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal.
- Sección 04 (capítulos 16 al 24) PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS BEBIDAS, LIQUIDOS ALCOHOLICOS Y VINAGRE TABACO Y SUCEDANEOS ELABORADOS
- 16 Preparaciones de carne, de pescado o de crustáceos, moluscos, demás invertebrados acuáticos.
- 17 Azúcares y artículos de confitería.
- 18 Cacao y sus preparaciones.
- 19 Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería.
- 20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas.
- 21 Preparaciones alimenticias diversas.
- 22 Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre.
- 23 Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales.
- 24 Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados.
- Sección 05 (capítulos 25 al 27) PRODUCTOS MINERALES
- 25 Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos.
- 26 Minerales metalíferos, escorias y cenizas.
- 27 Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales.
- Sección 06 (capítulos 28 al 38) PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUIMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS
- 28 Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de los metales preciosos, de los elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos.
- 29 Productos químicos orgánicos.
- 30 Productos farmacéuticos.
- 31 Abonos.
- 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materiascolorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas.
- 33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética.
- 34 Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, “ceras para odontología”
- 35 Materias albuminoideas; productos a base de almidón o de fécula modificados; colas; enzimas.
- 36 Pólvoras y explosivos; artículos de pirotecnia; fósforos (cerillas); aleaciones pirofóricas; materias inflamables.
- 37 Productos fotográficos o cinematográficos.
- 38 Productos diversos de las industrias químicas.
- Sección 07 (capítulos 39 y 40) PLASTICO Y SUS MANUFACTURAS, CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS
- 39 Plástico y sus manufacturas.
- 40 Caucho y sus manufacturas
- Sección 08 (capítulos 41 al 43) PIELES, CUEROS, PELETERIA Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS, ARTICULOS DE TALABARTERIA O GUARNICIONERIA, ARTICULOS DE VIAJE, BOLSOS DE MANO (CARTERAS) Y CONTINENTES SIMILARES, MANUFACTURAS DE TRIPA
- 41 Pieles (excepto la peletería) y cueros.
- 42 Manufacturas de cuero; artículos de guarnicionería o de talabartería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares manufacturas de tripa.
- 43 Peletería y confecciones de peletería; peletería facticia o artificial.
- Sección 09 (capítulos 44 al 46) MADERA, CARBON VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA, CORCHO Y SUS MANUFACTURAS MANUFACTURAS DE ESPARTERIA O CESTERIA
- 44 Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera.
- 45 Corcho y sus manufacturas.
- 46 Manufacturas de espartería o cestería.
- Sección 10 (capítulos 47 al 49) PASTA DE MADERA O DE LAS DEMAS MATERIAS FIBROSAS CELULOSICAS, PAPEL O CARTON PARA RECICLAR (DESPERDICIOS Y DESECHOS), PAPEL O CARTON Y SUS APLICACIONES
- 47 Pastas de madera o de otras materias fibrosas celulósicas papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos).
- 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o de cartón.
- 49 Productos editoriales, de la prensa o y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos.
- Sección 11 (capítulos 50 al 63) MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS
- 50 Seda.
- 51 Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin.
- 52 Algodón.
- 53 Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados de papel.
- 54 Filamentos sintéticos o artificiales
- 55 CABLES DE FILAMENTOS SINTETICOS.
- 56 Guata, fieltro y telas sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería.
- 57 Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil.
58 Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería, bordados. - 59 Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil.
- 60 Tejido de punto.
- 61 Prendas y complementos (accesorios) de vestir, de punto.
- 62 Prendas y complementos (accesorios) de vestir, excepto los de punto.
- 63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos.
- Sección 12 (capítulos 64 al 67) CALZADO, SOMBREROS Y DEMAS TOCADOS PARAGUAS, QUITASOLES, BASTONES, LATIGOS, FUSTAS Y SUS PARTES, PLUMAS PREPARADAS Y ARTICULOS DE PLUMAS, FLORES ARTIFICIALES, MANUFACTURAS DE CABELLO
- 64 Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos.
- 65 Sombreros, demás tocados y sus partes.
- 66 Paraguas, sombrillas, quitasoles, bastones, bastones asiento, látigos, fustas, y sus partes.
- 67 Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o de plumón; flores artificiales; manufacturas de cabello.
- Sección 13 (capítulos 68 al 70) MANUFACTURAS DE PIEDRA, YESO FRAGUABLE, CEMENTO, AMIANTO (ASBESTO), MICA O MATERIAS ANALOGAS, PRODUCTOS CERAMICOS, VIDRIO Y MANUFACTURAS DE VIDRIO.
- 68 Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas.
- 69 Productos cerámicos.
- 70 Vidrio y sus manufacturas.
- Sección 14 (capitulo 71) PERLAS (FINAS) NATURALES O CULTIVADAS, PIEDRAS PRECIOSAS O SEMIPRECIOSAS METALES PRECIOSOS, CHAPADOS DE METAL PRECIOSO (PLAQUE) Y MANUFACTURAS DE ESTAS MATERIAS, BISUTERIA, MONEDAS.
- 71 Perlas naturales (finas) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas o similares, metales preciosos, chapados de metales preciosos (plaqué ) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas.
- Sección 15 (capítulos 72 al 83) METALES COMUNES Y MANUFACTURAS DE ESTOS METALES COMUNES.
- 72 Fundición, hierro y acero.
- 73 Manufacturas de fundición, de hierro o de acero.
- 74 Cobre y manufacturas de cobre.
- 75 Níquel y sus manufacturas.
- 76 Aluminio y sus manufacturas.
- 77 (Reservado para una futura utilización).
- 78 Plomo y sus manufacturas.
- 79 Cinc y sus manufacturas.
- 80 Estaño y sus manufacturas.
- 81 Los demás metales comunes; cermets; manufacturas de estas materias.
- 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metales comunes; partes de estos artículos, de metal común.
- 83 Manufacturas diversas de metal común.
- Sección 16 (capítulos 84 y 85) MAQUINAS Y APARATOS, MATERIAL ELECTRICO Y SUS PARTES, APARATOS DE GRABACION O REPRODUCCION DEL SONIDO, APARATOS DE GRABACION O DE REPRODUCCION DE IMAGEN Y SONIDO EN TELEVISION, Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS APARATOS.
- 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos.
- 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o de reproducción de sonido, aparatos de grabación o de reproducción de imágenes y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos.
- Sección 17 (capítulos 86 al 89) MATERIAL DE TRANSPORTE.
- 86 Vehículos y material para vías férreas o similares y sus partes; aparatos mecánicos (incluso electromecánicos) de señalización para vías de comunicación. 87 Vehículos automóviles, tractores, ciclos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios. 88 Aeronaves, vehículos espaciales y sus partes. 89 Barcos y demás artefactos flotantes.
- Sección 18 (capítulos 90 al 92) INSTRUMENTOS Y APARATOS DE OPTICA, FOTOGRAFIA O CINEMATOGRAFIA, DE MEDIDA, CONTROL O PRECISION, INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICOQUIRURGICOS, APARATOS DE RELOJERIA, INSTRUMENTOS MUSICALES, PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS Y APARATOS.
- 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos.
- 91 Aparatos de relojería y sus partes.
- 92 Instrumentos musicales sus partes y accesorios.
- Sección 19 (capitulo 93) ARMAS, MUNICIONES, PARTES Y ACCESORIOS.
- 93 Armas, municiones y sus partes y accesorios.
- Sección 20 (capítulos 94 al 96) MERCANCIAS Y PRODUCTOS DIVERSOS
- 94 Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios luminosos, placas indicadoras luminosas y artículos similares; construcciones prefabricadas.
- 95 Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios.
- 96 Manufacturas diversas.
- Sección 21 (capítulos 97 al 99) OBJETOS DE ARTE O COLECCION Y ANTIGUEDADES.
- 97 Objetos de arte o colección y antigüedades.
- 98 (Reservado para uso particular de partes contratantes).
- 99 (Reservado para uso particular de partes contratantes).
Las partidas arancelarias expresadas aquí son solamente para usar como referencia. No nos hacemos responsables en caso de repentinos cambios en las nomenclaturas. En caso de precisar de datos actualizados deben consultar en algún órgano oficial de su país.